# Pensiones impagadas

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Actualizado: 2026-10-11

> Dos meses seguidos o cuatro alternos: cuándo dejar de pagar la pensión es delito (art. 227 CP), cómo se reclama y qué hacer si no puedes pagar.

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§ 02

impago de pensiones · abandono de familia

# Pensiones impagadas: _cuándo el impago es delito_

Dejar de pagar una pensión fijada por un juez puede ser delito, pero no todo impago lo es.

Explicamos cuándo entra en juego el Código Penal, qué alternativas ofrece la vía civil y qué hacer si de verdad no puedes pagar, antes de dejar de hacerlo. La guía completa: [Dejar de pagar la pensión: cuándo es delito y qué puedes hacer](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/).

artículos del código penal que aparecen aquí

-   art. 226 cp
-   art. 227 cp
-   art. 228 cp
-   art. 775 lec
-   art. 776 lec

escrito y revisado por **Javier Rincón** y **Manuel Rincón**, abogados penalistas · revisado en octubre de 2026

lo esencial en 1 minuto

## Si solo vas a leer esto

-   Es delito dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos cualquier prestación económica fijada en convenio aprobado judicialmente o en resolución judicial. art. 227 cp
-   Tiene que ser voluntario: si de verdad no había medios para pagar, no hay delito, aunque la deuda civil siga existiendo.
-   Solo se persigue con denuncia de la persona agraviada o de su representante legal; si es menor o persona necesitada de especial protección, también puede denunciar el Ministerio Fiscal. art. 228 cp
-   Si hay condena, la responsabilidad civil incluye siempre el pago de las cuantías adeudadas. art. 227.3 cp
-   Si tus ingresos han bajado, la vía es pedir una modificación de medidas: la pensión se sigue debiendo mientras el juzgado no la cambie. art. 775 lec

situaciones frecuentes

## ¿Te reconoces _en alguna de estas?_

Cada fila resume la respuesta corta. Las que llevan flecha tienen una guía completa.

[Llevo dos meses sin cobrar la pensión de mis hijos](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/)

Puedes pedir la ejecución en el juzgado de familia o presentar denuncia. Te explicamos qué consigue cada vía.

arts. 227 cp y 776 lec

[Me he quedado en paro y no puedo pagar](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/)

No dejes de pagar sin más: pide la modificación de medidas, paga lo que puedas y documenta tu situación.

art. 775 lec

[Paga cada mes, pero menos de lo fijado](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/)

Los pagos parciales no siempre evitan el delito: importa cuánto falta, durante cuánto tiempo y por qué.

art. 227 cp

No paga su parte de los gastos extraordinarios

Su encaje penal es más discutido que el de la pensión mensual; lo habitual es reclamarlos antes por la vía civil.

art. 227 cp

[Me han denunciado por impago y sí he pagado algunos meses](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/)

Lo decisivo es si hubo dos meses seguidos o cuatro alternos sin pagar y si podías hacerlo. Reúne los justificantes.

art. 227 cp

Mi ex no se ocupa en absoluto de los niños

Desatender los deberes de asistencia es otro delito, el del artículo 226, distinto del impago.

art. 226 cp

capítulo 02

## Las guías _de esta sección_

* * *

-   [No puedo pagar la pensión: cómo pedir una modificación de medidas](/no-puedo-pagar-pension-modificacion-medidas/)
    
    2 Nov 2026
    
-   [Dejar de pagar la pensión: cuándo es delito y qué puedes hacer](/dejar-de-pagar-la-pension-cuando-es-delito/)
    
    8 Oct 2026
    

[Ver el archivo completo de guías](/guias/)

preguntas frecuentes

## Lo que más _nos preguntan_

Respuestas generales. El matiz de cada caso está en la resolución judicial concreta.

pregunta 1

### ¿Cuántos meses sin pagar la pensión son delito?

El artículo 227 del Código Penal exige dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos una prestación económica fijada en convenio aprobado judicialmente o en resolución judicial. Además, el impago tiene que ser voluntario: si la persona no podía pagar, no hay delito, aunque siga debiendo el dinero.

pregunta 2

### ¿Es mejor denunciar o reclamar en el juzgado de familia?

Son vías distintas. La ejecución civil (artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) busca cobrar mediante embargos de nómina, cuentas o bienes. La denuncia penal valora si hay delito y, si hay condena, incluye el pago de lo adeudado. La elección depende de cada caso y no tiene por qué ser la misma para todo el mundo.

pregunta 3

### ¿Qué hago si no puedo pagar la pensión?

Pide cuanto antes una modificación de medidas (artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y, mientras se resuelve, paga lo que puedas y guarda prueba de tu situación económica. Dejar de pagar sin más es lo que expone a una denuncia.

pregunta 4

### ¿Puede denunciar el impago el Ministerio Fiscal?

Por regla general solo puede denunciar la persona agraviada o su representante legal. Cuando la persona afectada es menor de edad, una persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida, también puede denunciar el Ministerio Fiscal (artículo 228 del Código Penal).

cuando leer ya no basta

## Cuándo hablar con _un abogado penalista_

Que haya o no delito depende de los meses impagados y, sobre todo, de si se podía pagar: eso se prueba con documentos. Divorcios24 no lleva casos ni tramita divorcios.

[Si necesitas hablar con un abogado penalista →](https://www.rinberabogados.com/contacto/)

señales para consultar

-   Has recibido una citación por un delito de impago de pensiones.
-   Piensas denunciar y no sabes si se cumplen los requisitos.
-   Tus ingresos han cambiado y temes no poder pagar el mes que viene.
-   Hay, además, ocultación de bienes o insolvencia aparente.

otras secciones

## Donde la separación _se cruza con el Código Penal_

§ 01 · arts. 153, 173 y 468 cp

### [Violencia y órdenes de alejamiento](/ordenes-de-alejamiento/)

Qué prohíbe una orden, qué cuenta como quebrantarla y cómo afecta a los hijos y a la vivienda.

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§ 03 · art. 225 bis cp

### [Sustracción de menores y visitas](/menores/)

Mudanzas, viajes, retrasos en las entregas y qué incumplimientos son delito y cuáles no.

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§ 04 · arts. 253, 257 y 268 cp

### [Bienes y patrimonio en la separación](/bienes-y-patrimonio/)

La cuenta común vaciada, ventas antes del reparto y la excusa entre cónyuges.

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